Filiación Judicial de paternidad extramatrimonial
Familia · Hijos
Filiación judicial de paternidad: cuando el padre no reconoce a tu hijo
Si el padre de tu hijo no quiere reconocerlo, puedes pedirlo ante el juez. Es un proceso corto, en el que la prueba de ADN decide, y en el mismo trámite puedes pedir la pensión de alimentos. Te explicamos cómo funciona, quién paga el ADN y qué pasa si él no se presenta.
¿Te pasa algo de esto?
Cuando le conté que estaba embarazada, desapareció.
Dice que no es suyo, pero nunca se ha hecho una prueba.
Mi hijo tiene solo mi apellido y quiero que tenga sus derechos.
Necesito la pensión, pero primero tiene que reconocerlo.
Un solo proceso puede darle a tu hijo su apellido, su identidad y su pensión.
¿Cómo funciona este proceso?
Presentas la demanda ante el Juzgado de Paz Letrado. El juez dicta una resolución que declara la paternidad y se la notifica al presunto padre.
Él tiene 10 días para oponerse. Si no se opone, esa resolución se convierte en una declaración de paternidad. Si se opone, debe comprometerse a hacerse la prueba de ADN, y el resultado decide el caso.
«Filiación» es el vínculo legal entre padres e hijos. Declararla judicialmente es que el juez reconozca, por ley, quién es el padre de tu hijo.
La prueba de ADN: qué pasa según el resultado
Es la prueba que define el caso. Se hace en un laboratorio y el costo lo paga quien se opone.
Resultado positivo
- El juez declara la paternidad.
- Tu hijo podrá llevar su apellido en la partida de nacimiento.
- Si pediste pensión, el juez la fija en el mismo proceso.
Resultado negativo
- El juez declara fundada su oposición.
- Se rechaza también el pedido de pensión.
- Quien demandó paga los gastos del proceso.
Si él no paga la prueba en la audiencia, se le da un nuevo plazo de 10 días. Si tampoco paga, el juez declara la paternidad.
Paternidad y pensión, juntas. Desde 2017 puedes pedir la pensión de alimentos en la misma demanda. Así no esperas a terminar un juicio para empezar otro.
Paso a paso: cómo pedir el reconocimiento de paternidad
Es un proceso especial, pensado para resolverse rápido.
- 1
Reúne los datos
Nombre completo y domicilio del presunto padre, y la partida de nacimiento de tu hijo.
- 2
Presenta la demanda
Ante el Juzgado de Paz Letrado, con el formulario del Poder Judicial o con un escrito. Puedes sumar la pensión de alimentos.
- 3
Se le notifica
Él tiene 10 días para oponerse. Si no lo hace, el juez declara la paternidad.
- 4
Audiencia y ADN
Si se opone, en la audiencia se toman las muestras para la prueba de ADN.
Sentencia
Con el resultado, el juez decide la paternidad y la pensión. Se puede apelar dentro de 3 días.
Documentos que necesitas
Tenlos a la mano, en papel o fotos en tu celular.
¿No tienes todo? No te preocupes: igual te orientamos y te decimos qué conseguir.
DNI tuyo.
Partida de nacimiento de tu hijo o hija.
Datos del presunto padre nombre completo, DNI si lo tienes y su domicilio.
Pruebas de la relación fotos, mensajes o testigos, si los tienes. Ayudan, aunque lo decisivo es el ADN.
Gastos de tu hijo boletas y recibos, si también pides pensión.
Mitos que te pueden hacer perder tiempo
Lo que la gente cree y lo que dice la ley.
Si él no quiere hacerse el ADN, no se puede hacer nada.
Si se opone, debe hacerse la prueba y pagarla. Si no paga, el juez declara la paternidad.
Necesito una prueba de ADN antes de demandar.
No. La prueba se hace dentro del proceso. Tú solo necesitas los datos del presunto padre.
Es un juicio largo y caro.
Es un proceso especial y corto. No es obligatorio tener abogado, y el ADN lo paga él si se opone.
Así te ayudamos en Paranti
Te ayudamos a pedir la paternidad y la pensión en un solo paso, con orden y sin que tengas que hacerlo por tu cuenta.
- Nos escribesPor WhatsApp, con tus propias palabras.
- Revisamos tu casoVemos los datos que tienes del padre y lo que necesitas pedir.
- Te acompañamosPreparamos la demanda y te acompañamos en la audiencia.
WhatsApp 958 887 651 · Trujillo, todo el Perú y desde el extranjero
Preguntas frecuentes sobre el reconocimiento judicial de paternidad
No es obligatorio. Puedes usar el formulario del Poder Judicial para pedir la paternidad y la pensión. Aun así, una asesoría te ayuda a evitar errores, por ejemplo, en el domicilio o en el cálculo de la pensión.
Es importante tener un domicilio para notificarlo. Te ayudamos a ubicar su dirección registrada y a ver qué opciones hay si no se le encuentra.
Puedes hacerlo por tu cuenta en un laboratorio. Si el resultado es positivo, él deberá devolverte lo que pagaste.
Cuando la declaración de paternidad quede firme, se ordena su inscripción en la partida de nacimiento de tu hijo.
Sí. La acción para que se declare la paternidad no caduca. Si tu hijo es mayor de edad, él mismo puede presentarla.
También te puede servir
Base legal, por si la necesitas
- Ley 28457, modificada por la Ley 30628 (3 de agosto de 2017): proceso ante el Juzgado de Paz Letrado, 10 días para oponerse, prueba de ADN pagada por el demandado, pensión en el mismo proceso, apelación en 3 días y reintegro del ADN si el resultado es positivo.
- Código Civil: art. 402, inc. 6, la paternidad se declara con prueba de ADN; art. 410, la acción para declarar la filiación extramatrimonial no caduca.
Revisado por el equipo legal de Paranti Asociados · 3 de octubre de 2026. Esta guía es informativa: cada caso es distinto y depende de sus pruebas.
