Sucesión Intestada

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Sucesión intestada: qué hacer cuando un familiar fallece sin testamento

Cuando alguien fallece sin dejar testamento, sus bienes no pasan automáticamente a la familia: primero hay que declarar quiénes son sus herederos. Ese trámite se llama sucesión intestada y casi siempre puede hacerse ante notario. Te explicamos los pasos, los documentos y lo que viene después.

¿Te pasa algo de esto?

Mi papá falleció y la casa sigue a su nombre.

El banco no nos deja retirar el dinero de la cuenta de mi mamá.

Queremos vender el terreno de mis abuelos, pero ya fallecieron los dos.

No sabemos si dejó testamento.

En todos estos casos, el primer paso suele ser la sucesión intestada.

¿Para qué sirve la sucesión intestada?

Es el documento que dice, oficialmente, quiénes son los herederos. Con él puedes:

Inscribir los bienes

Pasar la casa, el terreno o el auto a nombre de los herederos.

Cobrar cuentas y beneficios

Retirar ahorros, seguros u otros fondos del fallecido.

Vender o repartir

Vender un bien de la herencia o dividirlo entre los herederos.

Evitar problemas

Dejar en claro quién hereda y prevenir conflictos futuros.

Ante notario o ante el juez

La ley permite las dos vías. La notarial suele ser la más rápida.

La vía más usada

Ante notario

  • Cuando no hay conflicto y se tienen los documentos.
  • Se publica un aviso y hay un plazo para que alguien se oponga.
  • Suele resolverse en uno o dos meses.
Si hay conflicto

Ante el juez

  • Cuando alguien se opone o faltan documentos que solo el juez puede suplir.
  • Es un proceso más largo, con pruebas.
  • Termina con una resolución que declara a los herederos.

Antes de empezar, siempre se verifica que la persona no haya dejado testamento.

Paso a paso: sucesión intestada ante notario

El trámite más común en Trujillo y en todo el Perú.

En simple

La «anotación preventiva» es un aviso en Registros Públicos de que la sucesión está en trámite. Protege a los herederos mientras se completa.

  1. 1

    Verificamos que no hay testamento

    Pedimos certificados a Registros Públicos que confirmen que no hay testamento ni otra sucesión inscrita.

  2. 2

    Presentamos la solicitud

    Ante el notario del último domicilio del fallecido, con la partida de defunción y las partidas que prueban el parentesco.

  3. 3

    Aviso y anotación

    El notario publica un aviso y pide la anotación preventiva en Registros Públicos.

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    Plazo de oposición

    Se esperan 15 días hábiles desde la publicación. Si nadie se opone, el notario declara a los herederos.

  5. Inscripción

    La sucesión se inscribe en Registros Públicos. Luego se pasan los bienes a nombre de los herederos.

Documentos que necesitas

Tenlos a la mano, en papel o fotos en tu celular.

¿No tienes todo? No te preocupes: igual te orientamos y te decimos qué conseguir.
  • Partida de defunción del fallecido.

  • Partidas que prueban el parentesco de nacimiento de los hijos y de matrimonio del cónyuge.

  • DNI de los herederos.

  • Último domicilio del fallecido, para saber qué notaría corresponde.

  • Relación de bienes casas, terrenos, cuentas o vehículos que conozcan.

Mitos que te pueden hacer perder tiempo

Lo que la gente cree y lo que dice la ley.

Mito

Si soy hijo, la casa ya es mía sin hacer nada.

En realidad

No. Mientras no se haga la sucesión y se inscriban los bienes, la casa sigue a nombre del fallecido.

Mito

La sucesión intestada reparte los bienes.

En realidad

No exactamente. Declara quiénes son los herederos. El reparto se hace después, por acuerdo o con una división y partición.

Mito

Si un hermano no quiere colaborar, no se puede hacer.

En realidad

Sí se puede. Basta que uno de los herederos la pida, y se incluye a todos los que tengan derecho.

Así te ayudamos en Paranti

Te ayudamos a hacer la sucesión de forma ordenada, para que la familia pueda disponer de los bienes sin problemas.

  1. Nos escribesPor WhatsApp, con tus propias palabras.
  2. Revisamos tu casoRevisamos los documentos y quiénes son los herederos.
  3. Te acompañamosCoordinamos el trámite notarial y la inscripción de los bienes.

WhatsApp 958 887 651 · Trujillo, todo el Perú y desde el extranjero

Preguntas frecuentes sobre la sucesión intestada

¿Hay un plazo para hacer la sucesión intestada?

No hay un plazo límite para iniciarla. Pero mientras no se haga, los bienes no pueden venderse ni inscribirse, y los tributos pueden acumularse.

¿El conviviente también hereda?

Sí, si la unión de hecho está reconocida e inscrita, o si se reconoce ante el juez. Hereda como lo haría un cónyuge.

Soy heredero y vivo fuera del Perú, ¿puedo participar?

Sí. Puedes otorgar un poder en el consulado para que te representen en el trámite.

¿Y si después aparece un testamento?

El testamento prevalece. Si aparece después, hay que revisar cómo afecta a la sucesión ya inscrita.

¿Se paga impuesto por heredar?

En el Perú no hay un impuesto a la herencia. Sí hay gastos de notaría y de Registros Públicos, y conviene tener al día los tributos municipales de los bienes.

También te puede servir

Base legal, por si la necesitas

  • Ley 26662, de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos: sucesión intestada ante notario, publicación, anotación preventiva y plazo de 15 días hábiles para oponerse.
  • Código Civil: arts. 815 y 816, cuándo procede la herencia legal y orden de los herederos; art. 724, herederos forzosos.
  • Código Procesal Civil: arts. 830 y siguientes, sucesión intestada ante el juez.

Revisado por el equipo legal de Paranti Asociados · 3 de octubre de 2026. Esta guía es informativa: cada caso es distinto y depende de sus pruebas.