Despido arbitrario

Laboral · Despidos

Despido arbitrario: cuánto te corresponde y cómo reclamarlo

Te despidieron sin una causa justa o sin poder probarla. La ley te protege con una indemnización y, en algunos casos, con la posibilidad de volver a tu puesto. Te explicamos cómo se calcula, qué plazo tienes y qué hacer desde el primer día.

El plazo corre desde el día del despido. Tienes 30 días hábiles para impugnarlo. No firmes una renuncia ni documentos que no entiendas.

¿Te pasa algo de esto?

Mi jefe me dijo que ya no vuelva, sin ninguna carta.

Me despidieron por una falta que no cometí.

Me pidieron que firme mi renuncia para pagarme.

Trabajé cinco años y solo me pagaron mis vacaciones.

En todos estos casos puedes tener derecho a una indemnización.

¿Cuándo un despido es arbitrario?

Un empleador puede despedir a un trabajador por causas relacionadas con su conducta o su capacidad, pero siguiendo un procedimiento: carta de preaviso, un plazo para defenderse y carta de despido. Si no hay causa, no se sigue ese procedimiento o la causa no se prueba, el despido es arbitrario.

En ese caso, la ley te da derecho a una indemnización. Si además el despido fue sin ninguna explicación, por motivos discriminatorios o con hechos falsos, podrías pedir volver a tu puesto.

En simple

«Arbitrario» significa sin una razón válida. La indemnización es el pago que compensa la pérdida del trabajo.

¿Cómo se calcula la indemnización?

Un ejemplo con un contrato indefinido en el régimen general:

Tu sueldo mensual

Por ejemplo, S/ 2 500.

1,5 por cada año

Con 3 años completos: 1,5 × 3 = 4,5.

S/ 11 250Es la indemnización. El tope es de 12 sueldos, sin importar los años trabajados.

Las fracciones de año se pagan por meses y días.

Si tu contrato era a plazo fijo, se paga 1,5 sueldos por cada mes que faltaba, con el mismo tope.

En las micro y pequeñas empresas del REMYPE, el cálculo es menor.

Lo que te deben pagar al salir

Además de la indemnización, si corresponde:

Indemnización

Por despido arbitrario, calculada como en el ejemplo.

CTS pendiente

Lo que no se depositó del último periodo.

Gratificación trunca

La parte proporcional de julio o de diciembre.

Vacaciones

Las no gozadas y las truncas, según el tiempo trabajado.

Qué hacer si te despidieron

Los primeros días son clave.

  1. 1

    No firmes nada sin leer

    Ni renuncias ni liquidaciones con las que no estés de acuerdo.

  2. 2

    Guarda pruebas

    Boletas, contrato, carta de despido, mensajes, correos y fotocheck.

  3. 3

    Constata el despido

    Pide una constatación a la autoridad de trabajo o a la policía, sobre todo si te impiden entrar.

  4. 4

    Calcula lo que te deben

    Indemnización y beneficios. Te ayudamos a hacerlo.

  5. Reclama a tiempo

    Conciliación o demanda dentro de los 30 días hábiles.

Documentos que necesitas

Tenlos a la mano, en papel o fotos en tu celular.

¿No tienes todo? No te preocupes: igual te orientamos y te decimos qué conseguir.
  • DNI tuyo.

  • Boletas de pago de los últimos meses.

  • Contrato de trabajo y sus renovaciones.

  • Carta de despido si te la dieron.

  • Pruebas de cómo terminó mensajes, correos o testigos.

Mitos que te pueden hacer perder tiempo

Lo que la gente cree y lo que dice la ley.

Mito

Si me pagan la liquidación, ya no puedo reclamar.

En realidad

Cobrar tus beneficios no te quita el derecho a reclamar la indemnización, si el despido fue arbitrario.

Mito

Si no me dieron carta, no me despidieron.

En realidad

Impedirte el ingreso o decirte que no vuelvas también es un despido. Conviene constatarlo.

Mito

La indemnización es igual para todos.

En realidad

Depende de tu sueldo, tus años de trabajo, tu tipo de contrato y el régimen de la empresa.

Así te ayudamos en Paranti

Te ayudamos a calcular lo que te corresponde y a reclamarlo dentro del plazo.

  1. Nos escribesPor WhatsApp, con tus propias palabras.
  2. Revisamos tu casoRevisamos cómo fue el despido, tus pruebas y tus números.
  3. Te acompañamosTe acompañamos en la conciliación o en la demanda.

WhatsApp 958 887 651 · Trujillo, todo el Perú y desde el extranjero

Preguntas frecuentes sobre el despido arbitrario

¿Puedo pedir volver a mi puesto en vez de la indemnización?

En el despido arbitrario corresponde la indemnización. Si el despido fue sin ninguna explicación, fraudulento o nulo, puedes pedir la reposición. Revisamos cuál es tu caso.

Me hicieron firmar una renuncia, ¿qué hago?

Si fue bajo presión, puede cuestionarse. Reúne pruebas de lo que pasó y consulta de inmediato, porque el plazo corre.

Me despidieron en el periodo de prueba, ¿tengo derecho?

Durante el periodo de prueba, que en general es de 3 meses, no corresponde la indemnización por despido arbitrario, salvo que el despido sea nulo.

Trabajaba en una microempresa, ¿cuánto me corresponde?

En las micro y pequeñas empresas inscritas en el REMYPE, la indemnización es menor que en el régimen general. La calculamos según tu caso.

¿La indemnización paga impuestos?

La indemnización por despido arbitrario, dentro del monto que fija la ley, no está afecta al impuesto a la renta.

También te puede servir

Base legal, por si la necesitas

  • Ley de Productividad y Competitividad Laboral (Decreto Supremo 003-97-TR): art. 10, periodo de prueba; art. 31, procedimiento de despido; art. 34, despido arbitrario; art. 36, plazo para accionar; art. 38, indemnización de 1,5 remuneraciones por año con tope de 12; art. 76, contratos a plazo fijo.
  • Ley 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo.

Revisado por el equipo legal de Paranti Asociados · 3 de octubre de 2026. Esta guía es informativa: cada caso es distinto y depende de sus pruebas.