Régimen CAS
Laboral · Sector público
Régimen CAS: tus derechos como trabajador del Estado en 2026
Miles de personas trabajan en municipalidades, gobiernos regionales y otras entidades con contrato CAS. En los últimos años, la ley cambió mucho: estabilidad, gratificaciones y CTS. Te explicamos qué derechos tienes hoy y qué hacer si te despiden o no te pagan.
¿Te pasa algo de esto?
Trabajo en la municipalidad con CAS desde hace seis años.
Me dijeron que mi contrato ya no se renueva.
¿Me corresponden gratificaciones y CTS?
Entré por concurso y me quieren sacar.
Hoy los trabajadores CAS tienen más derechos que antes.
Lo que cambió en el CAS
Dos leyes importantes:
Ley 31131 (2021)
El CAS pasó a ser, por regla, de plazo indeterminado. Solo se permiten contratos temporales en casos específicos, como necesidades transitorias, suplencias o cargos de confianza.
Ley 32563 (2026)
Reconoce dos gratificaciones al año, de un sueldo cada una, y la CTS equivalente a un sueldo por año de servicio, que se paga al terminar el contrato.
La aplicación de la Ley 32563 depende del presupuesto de cada entidad y de normas complementarias. Si no te pagan lo que corresponde, revisamos tu caso.
Tus derechos en el régimen CAS
Lo principal:
- Vacaciones30 días calendario pagados por año.
- GratificacionesUn sueldo en julio y otro en diciembre, según la Ley 32563.
- CTSUn sueldo por año de servicio, que se paga al terminar el contrato.
- Seguridad socialEsSalud y pensión, en la ONP o en una AFP.
- EstabilidadEn el CAS indeterminado, solo pueden despedirte por una causa justa.
El «CAS» es el Contrato Administrativo de Servicios: un régimen laboral especial del Estado, distinto del régimen de la actividad privada y de la carrera pública.
¿Y si te despiden o no renuevan tu contrato?
Si tu contrato es indeterminado, la entidad solo puede terminarlo por una causa justa y siguiendo el procedimiento. Si no renuevan un contrato que debió ser indeterminado, o te despiden sin causa, puedes reclamar.
Según tu caso, puedes pedir tu reposición o una indemnización ante el juez laboral. Los plazos son cortos, por eso conviene actuar de inmediato.
Qué hacer, paso a paso
Para defender tus derechos como trabajador CAS.
- 1
Revisa tu contrato
Tipo de contrato, fechas, adendas y cómo ingresaste.
- 2
Reúne pruebas
Contratos, boletas, memorandos y comunicaciones.
- 3
Pide información por escrito
A la oficina de recursos humanos, si algo no está claro.
- 4
Evaluamos tu caso
Qué derechos te corresponden y qué vía conviene.
Reclama
Ante la entidad o ante el juez laboral, dentro de los plazos.
Documentos que necesitas
Tenlos a la mano, en papel o fotos en tu celular.
¿No tienes todo? No te preocupes: igual te orientamos y te decimos qué conseguir.
DNI tuyo.
Contratos CAS y adendas de todo el periodo.
Boletas o constancias de pago de tus remuneraciones.
Bases del concurso si ingresaste por concurso.
Comunicaciones cartas de no renovación o de despido.
Mitos que te pueden hacer perder tiempo
Lo que la gente cree y lo que dice la ley.
El CAS es temporal y no tengo ningún derecho.
Hoy el CAS es, por regla, indeterminado, y tienes derechos laborales.
Si no renuevan mi contrato, no puedo hacer nada.
Si tu contrato debía ser indeterminado, la no renovación puede ser un despido sin causa.
Los trabajadores CAS no tienen vacaciones pagadas.
Sí las tienen: 30 días calendario por año.
Así te ayudamos en Paranti
Te ayudamos a defender tus derechos como trabajador del Estado, con claridad sobre tu régimen.
- Nos escribesPor WhatsApp, con tus propias palabras.
- Revisamos tu casoRevisamos tus contratos y tu situación.
- Te acompañamosTe acompañamos en el reclamo ante la entidad o ante el juez.
WhatsApp 958 887 651 · Trujillo, todo el Perú y desde el extranjero
Preguntas frecuentes sobre el régimen CAS
La Ley 32563 se promulgó en marzo de 2026. Su pago depende de la implementación y del presupuesto de cada entidad. Si no te pagan, revisamos tu caso.
Depende de las normas vigentes y de tu situación, porque ha habido cambios y debates recientes. Lo evaluamos contigo.
Los cargos de confianza tienen reglas distintas y menos protección frente al cese.
Los plazos son cortos, en general de 30 días hábiles para impugnar el despido. Consulta de inmediato.
En algunos temas, sí, mediante recursos administrativos. En otros, la vía es el juez. Te decimos cuál corresponde.
También te puede servir
Base legal, por si la necesitas
- Decreto Legislativo 1057: régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios.
- Ley 31131 (2021): el CAS es, por regla, de plazo indeterminado y solo se termina por causa justa.
- Ley 32563 (marzo de 2026): gratificaciones y CTS para los trabajadores CAS.
Revisado por el equipo legal de Paranti Asociados · 3 de octubre de 2026. Esta guía es informativa: cada caso es distinto y depende de sus pruebas.
