CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
Inmobiliario · Contratos
Compraventa de inmueble: compra o vende tu casa o terreno sin sorpresas
Comprar o vender un inmueble es, para muchas familias, la operación más importante de su vida. Un error en los papeles puede costar años de problemas. Te explicamos qué revisar antes de firmar, cómo es el proceso y qué impuestos se pagan.
¿Te pasa algo de esto?
Encontré la casa ideal, pero el dueño quiere que le adelante dinero ya.
El terreno está a nombre de una persona que falleció.
Me venden un departamento con hipoteca, ¿es seguro?
Compré con un contrato simple y nunca lo inscribí.
Antes de pagar, una revisión legal puede ahorrarte años de problemas.
Lo que hay que revisar antes de comprar
Es lo que llamamos estudio de títulos. Lo esencial:
- Quién es el dueñoQue quien vende sea quien figura en Registros Públicos, y si es casado, que firmen ambos.
- Cargas y deudasHipotecas, embargos, demandas anotadas o deudas municipales.
- El inmueble realQue el área, los linderos y la construcción coincidan con lo inscrito.
- Quién lo ocupaSi hay inquilinos u ocupantes que puedan complicar la entrega.
La «partida registral» es la ficha del inmueble en Registros Públicos. Ahí figuran el dueño, las medidas y las cargas.
Paso a paso: cómo es una compraventa segura
El orden importa: primero revisar, después pagar.
- 1
Estudio de títulos
Revisamos la partida registral, las cargas y las deudas del inmueble.
- 2
Acuerdo y separación
Si se entrega dinero para separar, que conste por escrito y con condiciones claras.
- 3
Minuta
Redactamos el contrato con el precio, la forma de pago, la entrega y las garantías.
- 4
Escritura pública
Se firma ante notario. Si hay crédito bancario, participa el banco.
Inscripción
La compra se inscribe en Registros Públicos a tu nombre.
¿Qué impuestos y gastos hay?
Los más comunes. El monto exacto depende de cada caso:
Alcabala
La paga el comprador a la municipalidad: 3 % del valor que exceda de 10 UIT.
Impuesto a la renta
Lo paga el vendedor en algunos casos, sobre la ganancia. Hay excepciones, como la casa-habitación.
Notaría y registros
Gastos de la escritura pública y de la inscripción.
Impuesto predial
El del año de la venta suele pagarlo el vendedor. Conviene dejarlo por escrito.
Documentos que necesitas
Tenlos a la mano, en papel o fotos en tu celular.
¿No tienes todo? No te preocupes: igual te orientamos y te decimos qué conseguir.
DNI de compradores y vendedores, y de sus cónyuges.
Partida registral actualizada del inmueble.
Certificado de gravámenes para ver hipotecas, embargos o cargas.
Pagos municipales autovalúo y arbitrios al día.
Poderes si alguna de las partes firma mediante un representante.
Mitos que te pueden hacer perder tiempo
Lo que la gente cree y lo que dice la ley.
Con un contrato simple ya soy dueño y estoy protegido.
Eres dueño, pero sin escritura pública ni inscripción quedas expuesto frente a terceros, como otro comprador o un acreedor.
Si el notario firma, todo está revisado.
El notario da fe del acto, pero no hace un estudio completo de los riesgos del inmueble. Ese análisis conviene hacerlo antes.
Puedo poner un precio menor en la escritura para pagar menos impuestos.
Es riesgoso: puede traer multas y problemas si luego se revisa la operación.
Así te ayudamos en Paranti
Te ayudamos a comprar o vender con seguridad, revisando todo antes de que pagues o firmes.
- Nos escribesPor WhatsApp, con tus propias palabras.
- Revisamos tu casoRevisamos el inmueble y sus documentos.
- Te acompañamosRedactamos la minuta y te acompañamos hasta la inscripción.
WhatsApp 958 887 651 · Trujillo, todo el Perú y desde el extranjero
Preguntas frecuentes sobre la compraventa de inmuebles
Es dinero que se entrega para asegurar la compra. Según cómo se pacten, si una parte se arrepiente, puede perderlas o devolverlas dobladas. Conviene dejarlo claro por escrito.
Sí, pero hay que coordinar que la hipoteca se cancele con el pago y se levante en Registros Públicos. Si no, el inmueble sigue respondiendo por esa deuda.
Sus herederos, después de hacer la sucesión y de inscribirla. Comprar antes de eso es riesgoso.
Se puede regularizar: con la escritura pública, o pidiendo al vendedor que la otorgue. Si no colabora, hay un proceso para obligarlo.
Sí, mediante un poder otorgado en el consulado e inscrito en Registros Públicos.
También te puede servir
Base legal, por si la necesitas
- Código Civil: art. 1529, la compraventa; art. 949, la propiedad se transfiere con el acuerdo; art. 2022, quien inscribe primero tiene preferencia frente a terceros; art. 315, para vender un bien de la sociedad conyugal firman ambos esposos.
- Ley de Tributación Municipal (Decreto Legislativo 776): alcabala del 3 % sobre el valor que exceda de 10 UIT.
Revisado por el equipo legal de Paranti Asociados · 3 de octubre de 2026. Esta guía es informativa: cada caso es distinto y depende de sus pruebas.
