REDUCCIÓN DE ALIMENTOS
Familia · Pensión de alimentos
Reducción de alimentos: cuándo puedes pedir que la pensión baje
Perdiste el trabajo, ganas menos o tienes otro hijo que mantener. La pensión puede ajustarse, pero solo un juez puede cambiarla. Te explicamos cómo hacerlo bien y sin dejar de cumplir.
¿Te pasa algo de esto?
Son situaciones reales que nos cuentan quienes pagan una pensión.
Me despidieron y ahora gano mucho menos.
Tengo otro hijo y no me alcanza para los dos.
La pensión se fijó cuando tenía un mejor trabajo.
Me enfermé y ya no puedo trabajar igual.
Mi negocio bajó y ya no gano lo de antes.
Ahora también cuido de mis padres.
En estos casos, la ley permite pedir un ajuste. Lo importante es hacerlo bien y no dejar de pagar mientras tanto.
No dejes de pagar mientras tanto. Aunque hayas pedido la reducción, el monto actual sigue vigente hasta que el juez decida. Si dejas de pagar, se acumula una deuda, puedes entrar al REDAM y ser denunciado por omisión a la asistencia familiar.
¿Cuándo procede la reducción?
El juez la evalúa si demuestras que tu situación cambió desde que se fijó la pensión.
Ganas menos
Perdiste el trabajo, te bajaron el sueldo o tu negocio vende menos.
Tienes nuevas obligaciones
Por ejemplo, otro hijo o hija a quien también debes mantener.
Tu salud cambió
Una enfermedad o un accidente que limita tu capacidad de trabajar.
Cambiaron las necesidades
Por ejemplo, algunos gastos de tu hijo ya no existen.
Reducir no es dejar de pagar: es pedir al juez que ajuste el monto a tu realidad actual.
Paso a paso: cómo pedir la reducción
Es un proceso corto, con una sola audiencia. El juez busca equilibrar lo que tu hijo necesita con lo que realmente puedes dar.
- 1
Reúne las pruebas
Constancia de cese, boletas actuales, partidas de nacimiento de tus otros hijos o informes médicos.
- 2
Presenta la demanda de reducción
Ante el Juzgado de Paz Letrado que ve los casos de alimentos.
- 3
Sigue pagando
Mientras dura el proceso, el monto actual sigue vigente.
- 4
Audiencia única
El juez escucha a ambas partes y revisa las pruebas.
Sentencia
Si se prueba el cambio, el juez fija un nuevo monto.
Documentos que necesitas
Tenlos a la mano, en papel o fotos en tu celular.
¿No tienes todo? No te preocupes: igual te orientamos y te decimos qué conseguir.
La sentencia o el acta donde se fijó la pensión actual.
Pruebas de tus ingresos actuales: boletas, constancia de cese o declaraciones a SUNAT.
Partidas de nacimiento de tus otros hijos, si tienes nuevas obligaciones.
Informes médicos, si tu salud cambió.
Constancias de que estás al día en los pagos de la pensión.
Mitos que te pueden hacer perder tiempo
Lo que la gente cree y lo que dice la ley.
Si pierdo el trabajo, la pensión se suspende sola.
No. El monto sigue vigente hasta que el juez lo cambie. Dejar de pagar genera deudas que luego se cobran.
Si tengo otro hijo, me la bajan automáticamente.
No es automático. El juez lo toma en cuenta, pero hay que pedirlo y probar tu situación completa.
Si trabajo en lo informal, no pueden saber cuánto gano.
El juez puede fijar la pensión con otras pruebas, sin conocer al centavo tus ingresos. Lo mejor es ser transparente.
La reducción borra lo que ya debo.
No. La reducción rige hacia adelante. Lo que ya se debe sigue siendo exigible.
¿Qué hago si ya no puedo pagar lo mismo?
Una conversación como las que tenemos por WhatsApp.
Ya no puedo pagar lo mismo. ¿Qué hago?
Lo primero: no dejes de pagar lo que puedas. Luego, pide la reducción al juez con pruebas de lo que cambió.
¿Y si llego a un acuerdo con la mamá de mi hijo?
Pueden conciliar un nuevo monto en un centro de conciliación. Si ya hay sentencia, conviene asesorarse para que el nuevo acuerdo quede bien hecho.
Así te ayudamos en Paranti
Revisamos tu situación con honestidad, te decimos si la reducción procede y te acompañamos para que el nuevo monto sea justo.
- Nos escribesPor WhatsApp, con tus propias palabras.
- Revisamos tu casoVemos tu sentencia o acta y tu situación actual.
- Te acompañamosDesde la demanda hasta la sentencia.
WhatsApp 958 887 651 · Trujillo, todo el Perú y desde el extranjero
Preguntas frecuentes sobre la reducción de alimentos
Sí. El monto actual sigue vigente hasta que el juez lo cambie. Si dejas de pagar, se acumula una deuda que luego se cobra.
Puede serlo, porque el juez toma en cuenta todas tus obligaciones. Pero no es automático: hay que pedirlo y probar tu situación.
Debes demostrarlo, por ejemplo, con tu constancia de cese. Aun así, el juez espera que sigas aportando de acuerdo con tus posibilidades.
Si las pensiones juntas superan lo que la ley permite descontar, puede corresponder un prorrateo, que reparte tus ingresos entre todos tus hijos.
Si pagar pone en riesgo tu propia subsistencia, o si tu hijo ya no necesita la pensión, puedes evaluar la exoneración. Te explicamos cuándo procede.
También te puede servir
Base legal, por si la necesitas
- Código Civil: art. 481, criterios para fijar la pensión, incluidas las otras obligaciones de quien paga; art. 482, la pensión se reduce si bajan sus posibilidades o las necesidades del hijo.
- Código de los Niños y Adolescentes: art. 96, el Juzgado de Paz Letrado ve la reducción.
- Ley 28970 (REDAM) y Código Penal, art. 149 (omisión a la asistencia familiar).
Revisado por el equipo legal de Paranti Asociados · 3 de octubre de 2026. Esta guía es informativa: cada caso es distinto y depende de sus pruebas.
